miércoles, 1 de agosto de 2012

11.2.- Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1.812.



1º.- DEFINICIÓN.

Las Cortes de Cádiz y la Con. De 1812 supone la primera institución política y la primera legislación liberal que se da en España. Aunque estuvieron poco tiempo en vigor se convirtieron en el símbolo de la Rev. Liberal.

2º.- DESARROLLO

2.1.- Causas y Antecedentes:

  1. La Crisis de 1.808: Situación internacional, malestar político contra Godoy y Carlos IV, Sucesos de Aranjuez, 2 de mayo, Guerra de la Independencia.
  2. .- Las Abdicaciones de Bayona y el vació de poder político

2.2. Evolución Política en el bando patriota.


  1. Juntas Locales
  2. Junta Central que se disuelve en enero de 1.810 habiendo convocado un proceso de elección de cortes.
  3. Regencia: Enero /septiembre de 1.810 que gobernaría el país hasta que terminara un proceso de consulta a través de las Juntas Provinciales o Ayuntamientos sobre las reformas a realizar por las Cortes.
El proceso de elección de diputados y la consulta al país estuvo marcado por ¿ Que tipo de Cortes? y ¿como se elegían los diputados? cuando en muchas provincias era imposible al estar dominadas por los franceses.
El resultado fueron unas Cortes únicas que representaban a la nación y muchos diputados elegidos directamente entre los refugiados en Cádiz.

  1. Las Cortes de Cádiz septiembre de 1.810. las cortes se reúnen en esta ciudad por su situación. El ambiente liberal de la ciudad influirá sobre los diputados. Los liberales no son la mayoría pero favorecidos por el método de elección y el apoyo popular en la ciudad, que si es liberal, sacan adelante sus propuestas. Frente a los liberales aparecen los serviles partidarios del mantenimiento del A. Régimen.

2.3 La obra de las Cortes de Cádiz.


2.3.1 La Constitución de Cádiz.

Fue aprobada el 19 de marzo de 1.812. Comprendía los siguientes elementos.

1).- Declaración de Derechos del Ciudadano: los típicos del Liberalismo, libertad, igualdad, propiedad. Sufragio universal masculino indirecto. Diferencia elector / elegible. Definición de Nación como todos los ciudadanos de ambos hemisferios

2).- Estructura del Estado: 

  • FORMA: Monarquía limitada. Pero con veto suspensivo e iniciativa legislativa
  • DIVISIÓN DE PODERES: Ejecutivo en manos del rey dirige el gobierno, los ministros deben refrendar las decisiones del rey. Legislativo: cortes unicamerales, aprueban los presupuestos, los diputados son inviolables y tiene un mandato por dos años. Judicial: tribunales independientes y códigos únicos.
  • CONFESIONALIDAD: El estado era católico.
  • EJERCITO: Ejercito nacional con servicio militar obligatorio.
  • OTROS: Reforma de los impuestos, enseñanza primaria publica y obligatoria, división del territorio en provincias, ayuntamientos electivos.

2.3.2. Los decretos socioeconómicos.

Además de la Constitución se dieron una serie de decretos o leyes de carácter socioeconómico que pretendían acabar con la estructura social y económica del A. Régimen:
· Supresión de los señoríos jurisdiccionales, distinguiéndoles de los territoriales que pasaron a ser propiedad privada de los señores.
· Eliminación de los mayorazgos
· Desamortización de bienes comunales.
· Abolición de la Inquisición pero mantenimiento de funciones de censura por la Iglesia Católica.
· Libertad de Imprenta.
· Libertad de trabajo y abolición de los gremios..

3º.- CONSECUENCIAS.


A).- Escasa influencia practica: la constitución solo estuvo en vigor dos años, desde 1.812 a su derogación en 1.814 por Fernando VII al restaurar el absolutismo. Además durante la guerra no podía entrar en vigor en la mayor parte del pías controlada por el ejercito francés.

B).- Símbolo de la Rev. Liberal: a pesar de que intento mantener algún grado de acuerdo con la nobleza, el clero y el rey: mantenimiento de señoríos territoriales, confesionalidad católica del futuro estado, poderes de veto del rey....la Constitución de Cádiz se convirtió en el símbolo de la Rev. Liberal. y por ella se continuaron “pronunciando “ los liberales hasta 1.837.

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